domingo, 30 de diciembre de 2007

LEY 20.123

Regula el régimen de subcontratación y servicios transitorios.

Pude averiguar que los Empleadores, contratistas y subcontratistas deben cumplir ciertos requisitos para contratar personas naturales para trabajar, estas deben ser:

· El empleador debe entregarles contratos de trabajos a sus trabajadores, inscribirlos en la inspección del trabajo en los días estipulados, entregarles herramientas de seguridad dependiendo de su trabajo para prevenir accidentes que puedan costarle la vida a sus trabajadores y se deben preocupar de la higiene para todos los trabajadores.
· Darles charlas de seguridad a los trabajadores antes de realizar el trabajo o faena.
· Tener libros de asistencias para los trabajadores.
· Pagar la Previsión y seguro de cesantía al trabajador mientras presta servicios para la empresa.
· Dar aviso a la inspección del trabajo cuando se termine una faena de trabajo o término de contrato.

Si el empleador, contratistas y subcontratistas no cumple con esta ley 20.123 tendrán que pagar multas por el incumplimiento a la ley.

Las Empresas de servicios transitorios

Se traduce a:

Tareas Ocasionales y Transitorias, debe tener el nombre de la razón social o el nombre de la empresa de servicios transitorios.

No puede tener relación con empresas beneficiarias, se sancionará con cancelación del registro y con una multa de 10 UTM por trabajador.

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